I.- PRESUPUESTO BASICO
El servicio de consultoría de la Fundación “JOSÉ MARÍA ABAD VÁZQUEZ” tiene por objeto exclusivo la obtención de recursos para destinarlos en su integridad a las actividades de interés general de la misma y a sus posibles beneficiarios. No se trata, por lo tanto, de un servicio destinado a una mera actividad mercantil, negocial o análoga.
II.- INTRODUCCIÓN
La complejidad de las distintas materias que afectan sobre todo a los bienes de naturaleza mobiliaria e inmobiliaria en los ámbitos normativo, económico y técnico, exige poseer unos conocimientos especiales, así como, en muchas ocasiones, una colaboración de colectivos multidisciplinares (muchas veces dispersos y sin relación entre ellos), para resolver las múltiples dudas que pueden surgir en la práctica diaria.
Surge la necesidad de ofrecer un servicio de consultoría como apoyo adicional, de carácter puntual o permanente, a los distintos colectivos y profesionales procedentes de diferentes sectores que tienen, como rasgo común, su vinculación directa o indirecta con los bienes muebles e inmuebles en ámbitos como son, por ejemplo, la ordenación del territorio, el urbanismo, la vivienda, la construcción, el patrimonio histórico, el medioambiente o cualquier otra materia conexa con las mismas.
III.- MATERIAS OBJETO DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA
Las materias sobre las que la consultoría ofrece sus servicios se circunscriben al ámbito jurídico, económico y técnico en los siguientes ámbitos:
1-) Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico.
2-) Ordenación del territorio, urbanismo, vivienda y construcción.
3-) Contratación pública y privada.
4-) Medioambiente.
5-) Tributación aplicada al urbanismo, vivienda y construcción.
6-) Actividad Municipal.
7-) Gestiones ante las distintas Administraciones Públicas (en especial, en materia de licencias y demás autorizaciones administrativas).
8-) Responsabilidad profesional.
9-) Legislación general y especial y su correspondiente jurisprudencia.
Sobre estas materias se facilitaría tanto documentación, información, legislación, jurisprudencia, referencias bibliográficas, etc... Las referencias legislativas, jurisprudenciales y bibliográficas abarcarán tanto la normativa estatal, como la autonómica española, sin descontar referencias al ordenamiento jurídico de la Unión Europea. No obstante, con carácter excepcional, también puede facilitarse legislación de otros países aunque en plazos superiores a los expuestos en el apartado cuarto de este proyecto.
IV.- DESTINATARIOS DE LOS SERVICIOS
La consultoría ofrece la prestación externa de una serie de servicios profesionales de consultoría en el ámbito jurídico, económico y técnico que tienen como destinatarios diferentes tipos de colectivos, entre los que destacan los siguientes:
- Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
- Administraciones Públicas.
- Entidades, organismos e instituciones públicas y privadas.
- Profesionales y estudiantes.
- Colegios profesionales.
- Personas físicas.
V.- TIPOS DE SERVICIOS A PRESTAR
Los servicios a prestar por la consultoría se basan en dos grandes principios rectores:
A) En primer lugar, la economía de recursos para sus clientes. La utilización de los modernos medios telemáticos y de transmisión, unido al carácter externo del asesoramiento prestado por la consultoría configura sus servicios como un instrumento de respuesta ágil y eficaz, en donde los costes económicos son reducidos, en comparación con otro tipo de organizaciones y métodos parecidos existentes en el mercado.
B) En segundo lugar, la inmediación, calidad y profesionalidad de los servicios prestados. La rapidez en las respuestas a ofrecer constituyen un compromiso que se complementa con unos servicios de calidad basados en la dilatada experiencia y profesionalidad de los integrantes de la consultoría, pese a la complejidad de la materia a tratar.
Desde la perspectiva apuntada, los servicios profesionales a prestar por la consultoría son los siguientes:
1-) CONSULTAS:
a) Sencillas (a responder en un plazo máximo de tres días).
b) Complejas (a responder en un plazo máximo de seis días).
2-) INFORMES (cuya elaboración se realizará en un plazo no superior a diez días, salvo los de carácter técnico donde el plazo dependerá de su complejidad y contenido).
3-) DICTAMENES (cuya redacción se elaborará en un plazo no superior a veinte días).
4-) REDACCIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS APLICADOS A BIENES MUEBLES E INMUEBLES (cuya elaboración dependerá de la complejidad y alcance del encargo realizado).
5-) REDACCION DE INSTANCIAS, CONTRATOS O DOCUMENTOS JURIDICOS DE CUALQUIER NATURALEZA (cuya elaboración se realizaría en un plazo no superior a una semana).
6-) RECURSOS EN VIA ADMINISTRATIVA (cuya formulación se redactaría en un plazo no superior a una semana).
7-) PROCESOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA EN VIA JUDICIAL (cuya elaboración se ajustará a los plazos marcados en la correspondiente norma jurídica).
8-) SUMINISTRO DE MATERIALES DOCUMENTALES ESPECIALES (en un plazo no superior a tres días):
a) Legislación.
b) Jurisprudencia.
c) Referencia bibliográficas.
9-) PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN (cuya elaboración dependerá de la complejidad y alcance del encargo realizado).
10-) ELABORACIÓN DE TEXTOS FORMATIVOS Y DOCENTES (cuya elaboración dependerá de la complejidad y alcance del encargo realizado).
La consultora será la competente para calificar el tipo de consulta formulada en cualquiera de los grupos de servicios enumerados.
Los plazos expuestos para responder por parte de la consultora se computarán a partir de la fecha de recepción por aquella de la petición formulada. El cómputo de esos plazos se interrumpirá cuando se necesiten datos complementarios o documentos que deba facilitar el cliente.
A efectos de respuesta, no se computarán los días festivos; los fines de semana; ni el mes de agosto, salvo que por motivos excepcionales sea preciso prestar los servicios de consultoría en esas jornadas, a petición expresa del solicitante. En estos casos, los honorarios profesionales se incrementarían en un 50 % a las tarifas ordinarias.
VI.- PROCEDIMIENTO DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS
Los servicios de consultoría se solicitarán y prestarán por correo electrónico, sin perjuicio de que el cliente puede solicitar el envío de la información por cualquier otro medio que permita constatar la recepción de la petición formulada y de su respuesta (como es el fax, el correo ordinario, un servicio de mensajería, etc...). En cualquier de esos supuestos, los gastos que se originen se imputarán al solicitante de la información.
VII.- HONORARIOS PROFESIONALES (mas 16 % de IVA)
Sin perjuicio de cualesquiera otros servicios que puedan pactarse de forma individualizada con cada cliente, las diferentes prestaciones profesionales de la consultoría clasifican en dos grandes categorías:
1º-) Consultas puntuales:
1.1.) De carácter general.
a) Consultas sencillas: 75 euros.
b) Consultas complejas: 150 euros.
1.2.) De carácter jurídico y económico.
a) Informes: 300 euros.
b) Dictámenes: 500 euros.
c) Instancias: 100 euros.
d) Contratos: Se aplicará un 5 % de su cuantía.
e) Documentos jurídicos: Se atenderá a su complejidad y contenido.
f) Recursos administrativos: 200 euros.
g) Procesos judiciales: Se atenderá a su complejidad y contenido.
h) Legislación: 30 euros por documento.
i) Jurisprudencia: 60 euros por documento.
j) Referencias bibliográficas: 30 euros por documento.
1.3.) De carácter técnico.
a) Informes: Se atenderá a su complejidad y alcance.
b) Estudios: Se atenderá a su complejidad y alcance.
c) Elaboración de Proyectos técnicos: Se atenderá a su complejidad y alcance.
d) Realización de proyectos de investigación: Se atenderá a su complejidad y alcance.
e) Elaboración de textos formativos y docentes: Se atenderá a su complejidad y alcance.
f) Cualquier otro tipo de actividad profesional: Se atenderá a su complejidad y alcance.
2º-) Consultas periódicas:
En este caso se establecerá una tarifa orientativa (a modo de “iguala”), que de derecho a disfrutar un número determinado de consultas así como el tipo de estas. Estos extremos se contratarán de forma individualizada para cada cliente.
Al margen de estas dos categorías hay que poner de relieve que los trabajos realizados por la consultoría los días festivos; los fines de semana; o en el mes de agosto, incrementarán en un 50 % el precio de las tarifas ordinarias.
VIII.- FORMA DE PAGO
El pago podrá realizarse por tarjeta garantizada o por transferencia bancaria a la dirección y cuenta corriente que designe la consultoría.
El pago se realizará con carácter previo a la recepción del trabajo encomendado. |